El mercado único implica libertad de circulación de mercancías y de personas… entonces, ¿es obligatorio que, en los escaparates de las joyerías, todas las piezas de joyería lleven contrastes de origen y de garantía si vienen de un país de la Unión Europea?

Salvo las limitaciones por tamaño o dificultades técnicas, con carácter general, cuando los laboratorios del país de origen no se hayan acreditado en el Estado español o cuando las piezas proceden de países en los que no existe la misma obligación legal  que en España, llevar todo a un Laboratorio para su análisis y punzonado antes de poner en el mercado español la mercancía.

¿Y quién es el responsable si una autoridad se presenta y la pieza no lleva los contrastes legales? El detallista responde siempre de la idoneidad del producto y del cumplimiento legal al que está sometido. Está obligado a conocer la normativa y a exigir a su proveedor todo la documentación, requisitos y certificación de calidad vigente, o sea, contrastes y factura.

¿Y el proveedor? El ordenamiento jurídico español prevé un sistema de repercusión de responsabilidades. La Administración, por una lado, llega al origen y las relaciones privadas buscan la responsabilidad económica.

Fuente ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE JOYEROS, PLATEROS Y RELOJEROS

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